diciembre 23, 2024

Diputados hacen realidad leyes secundarias al Poder Judicial; van al ejecutivo para su promulgación

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La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, tres dictámenes a las minutas que expiden las leyes Orgánica y de la Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, así como reformas y adiciones a la Ley General de Responsabilidades Administrativas; se remitieron al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales..

La reestructuración orgánica del Poder Judicial contempla la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal, cuyas funciones se distribuirán entre el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.

El Tribunal de Disciplina Judicial se encargará de la disciplina y supervisión de jueces y magistrados. El documento señala que a diferencia del modelo anterior, donde el Consejo de la Judicatura Federal tenía funciones administrativas y era presidido por quien presidía la Suprema Corte, el nuevo tribunal estará exclusivamente enfocado en tareas de supervisión y sanción, y su presidencia se rotará cada dos años entre quien obtenga mayor número de votos, con lo que se le da mayor autonomía y menos discrecionalidad al Tribunal.

Se estipula que se reduce el número de integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de once a nueve, así como los años en los que se desempeñarán en el cargo, de 15 a 12 años y no podrán ser reelectos para un nuevo periodo.

Mientras tanto, las personas que hayan ocupado el cargo de ministro o ministra no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial.

Durante dicho plazo, quienes hayan desempeñado el cargo de ministro o ministra no podrán ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de la Constitución.

En caso de ausencia de la o el presidente de la Corte que no requiera licencia, será suplido por el ministro o ministra que haya obtenido el segundo lugar en la votación. Si la ausencia es menor a seis meses en segundo lugar asumirá la presidencia.

En esta ley se especifica que la perspectiva de género se incorpora de forma transversal, progresiva y equitativa.

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